Se espera otra resolución: exportadores frutícolas celebran la desregulación del SENASA

Los exportadores entienden que esta resolución les simplifica y agiliza el trabajo a la hora de pensar en comercializar fuera del país. El ente ya no tendrá bajo su órbita regular envases, definir fechas de cosecha, habilitaciones anuales de plantas o restricciones de las exportaciones por cuestiones sanitarias

AGRICULTURA10/02/2025Victor GarciaVictor Garcia
uva en fresco
El objetivo es que los exportadores no tengan trabas a la hora de comercializar

La desregulación del SENASA por parte del gobierno nacional le dio un giro importante a los controles y exigencias  que el organismo ponía al sector exportador frutícola. En el caso de San Juan, esto tiene incidencia directa en productos como pasas, uvas en fresco, aceitunas, pistachos, granadas, entre otros.

Los exportadores se mostraron muy satisfechos por la resolución 21/2025 que les da otras perspectivas a la hora de comercializar con el exterior.  Consideran que la resolución en la que trabajaron el ministro de Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger y el Presidente de Senasa, Pablo Cortese, es un avance muy importante para el sector exportador.  

Lo cierto es que a partir de ahora, el órgano de control estatal solo deberá limitarse a intervenir en la vigilancia sanitaria -controlar que no haya pestes que puedan propagarse afectando la actividad-, y en la emisión de certificados fitosanitarios para la exportación -que permiten el comercio internacional de estos productos-, lo que es un paso esencial para darle agilidad a la actividad exportadora.

De acuerdo a lo consultado en referencia a esta resolución “los productores tendrán que avisarle al SENASA lo que hacen y donde están ante un evento sanitario, y así el organismo podrá trabajar con los productores para contener el posible foco”, pero se trabajará de manera puntual en la forma de atacarlo.

También se deja de pedir habilitación de instalaciones, mucho menos la necesidad de revalidarlas anualmente. Todos los trámites en curso caen automáticamente, las firmas registradas ya no necesitan hacer nada más. Es que todos los años los exportadores tenían que habilitar sus plantas, lo que les llevaba un tiempo valioso en conseguir las autorizaciones respectivas tales como planeamiento, bomberos, entre otras.

Otra de las disposiciones de esta resolución es que el organismo ya no podrá establecer la fecha de cosecha. El productor puede hacerlo cuando quiera, ya que se eliminan los permisos de autorización de cosecha. Esta es una facultad que tiene el productor y dependerá de cuando los productos que tenga puedan ser comercializados.

Además, la resolución de la Secretaria de Agricultura de la Nación  indica que se elimina toda la normativa que tiene que ver con envases, donde se establecía el tipo, las características y el tamaño de los mismos. Los envases pasan a ser una elección libre de los productores dependiendo de la demanda del mercado a los que envíen sus productos.

En este cambio histórico de labores, la resolución establece que  Senasa estará disponible para certificar lo que exijan las autoridades sanitarias de los países importadores. Pero no va a poder exigir ningún trámite adicional.

Por último, tiene que marcarse que se eliminan las restricciones a la exportación por tipología de fruta -antes solo se permitía la exportación de fruta Premium-. Se exportará lo que demande el mercado.

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